lunes, 18 de mayo de 2015

AVANCES, DEBATE Y ESCENARIOS. ¿QUO VADIS UNSAAC? (I)

AVANCES, DEBATE Y ESCENARIOS
¿QUO VADIS UNSAAC? (I)

Por: Dr. Carlos A. Dávila Rojas*

En la Unsaac, el actual proceso de interacción política está asociado al proceso de implementación de la nueva Ley Universitaria N° 30220; existiendo a la fecha, tres actores básicos: la Asamblea Estatutaria; las autoridades centrales (Rector y Vicerrectores)  y el Consejo Universitario. Al igual que en la sociedad, en la Unsaac, existe crisis política; especialmente, ausencia de grupos docentes organizados con liderazgo, propuestas y debate programático. La institucionalidad gremial del sector docente, estudiantil y administrativo es muy débil.
Respecto a la crisis del sistema universitario nacional; el problema de fondo es la falta de calidad en las funciones de la Universidad; siendo lo más resaltante, el fenómeno del credencialismo, fuertemente arraigado en el sector estudiantil y docente. Con la nueva ley, se espera que se produzcan cambios en nuestro sistema universitario. Un gran reto de la Asamblea Estatutaria será plasmar cambios modernizadores en la educación; investigación y responsabilidad social universitaria. El eje, de dichos cambios, debe ser el proceso de acreditación de las carreras profesionales y los demás componentes de la universidad (Post Grado, bibliotecas, nuevo sistema administrativo, etc.) Hay que fortalecer la institucionalidad, gobernabilidad y democracia interna de la Unsaac, bajo nítido liderazgo del estamento docente, la participación estudiantil y el compromiso de los servidores administrativos.
En la actual coyuntura, mientras se sigue administrando la crisis de nuestra Unsaac, la interacción de los actores es la siguiente. La Asamblea Estatutaria;  luego de iniciar su labor en enero del presente año, sin apoyo en recursos; en abril, ha puesto en consulta su propuesta de Estatuto; la misma que ha recibido un conjunto de críticas y aportes de docentes y estudiantes; siendo el más  importante; el realizado por el Consejo Universitario de la Unsaac, a iniciativa de los Decanos. La propuesta de Estatuto consultada, carecía de una visión modernizadora y reformadora de la gestión, funciones y administración de nuestra Unsaac. Actualmente; luego de estar vencido los plazos de ley (55 días) y haber anunciado varias fechas para su aprobación, se desconoce el cronograma; con lo cual ya es visible la pérdida de credibilidad y falta de liderazgo, en su seno.
Las autoridades centrales; especialmente con el protagonismo del Sr. Rector, está exigiendo a la Asamblea Estatutaria el respeto al tiempo de mandato de su elección (05 años), que vencería en noviembre del 2016. Respecto a los Decanos, mantienen una política de debate y entendimiento en el seno del Consejo Universitario, compuesto básicamente por Decanos encargados; muy favorables al cambio y la gobernabilidad.
Hubo debate; cuando se le solicito al Sr. Rector la necesidad de conformar el Comité Especial Universitario Transitorio y Autónomo (CEUTA) y otorgarle su presupuesto; cuando se logró conformar la Comisión Especial del Consejo Universitario para la elaboración del Programa de Fortalecimiento Institucional para la Calidad en la Unsaac (PFICU); e, igualmente, cuando se acordó, en el Consejo Universitario, se le otorgue presupuesto a la Asamblea Estatutaria. Hubo entendimiento; en la aprobación de normas necesarias para garantizar el funcionamiento de la gestión y administración de la Unsaac, asociado al proceso de transición y vacíos de la ley. Hay un buen entendimiento en la responsabilidad de cumplir con la elaboración del PFICU y hacer gestiones para su evaluación y financiamiento por parte del Ministerio de Educación; y, hubo buen entendimiento, en la necesidad de analizar y realizar aportes al Estatuto, en consulta; la misma que permitió elaborar importantes propuestas  para garantizar que el nuevo Estatuto sea un instrumento de desarrollo, modernización de las funciones de la Unsaac y de gobernabilidad en la gestión. Se ha publicado un resumen, de estas propuestas,  en el Diario del Cusco, en fecha 28 de abril del 2015.
Finalmente, en la ruidosa interacción sobre la duración del mandato de las actuales autoridades, es muy normal la defensa de intereses y derechos; así como, la adecuada interpretación de la Primera DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA, de la Ley Universitaria 30220, que señala que los cambios de autoridades “debe realizarse antes de que concluya el periodo de mandato de las actuales autoridades”.  CONTINUARÁ.

(*) Docente Unsaac.